lunes, 19 de septiembre de 2011

ACTIVIDAD FINANCIERAS DEL ESTADO




QUE ES ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO?

La actividad financiera del estado es aquella relacionada con la obtención, administración o manejo y empleo de los recursos monetarios indispensables para satisfacer las necesidades públicas.”

Los ingresos del Estado.
La estructura gubernamental del estado requiere para cumplir con las funciones que la ley le otorga de proveerse de los medios económicos necesarios para enfrentar sus obligaciones de proveer los servicios públicos, así como para garantizar su continua existencia.Así entonces el Estado tiene la necesidad de asignar a la estructura gubernamental una serie de ingresos financieros que se obtienen a gracias a la recaudación tributaria.La recaudación es una actividad soberana del Estado, en la que se demuestra la potestad de este al imponer inclusive de forma coactiva el cobro del tributo sobre los ciudadanos e incluso sobre los propios órganos gubernamentales obligados al pago del tributo.Esta característica coactiva, heterónoma y general, es la que brinda tanto al derecho financiero como al derecho tributario sus características de ramas autónomas del resto del sistema jurídico.En general el estado obtiene ingresos en dos grandes vías, los que recibe en vía de derecho privado y los que recibe en vía de derecho público. Pero finalmente son los ingresos regulados por las normas de derecho público y que el Estado obtiene ejerciendo su potestad soberana los que conforman el monto de mayor importancia para la existencia del Estado.Los ingresos por derecho privado son mínimos, generalmente el Estado los recibe en vía de cesiones de derechos privadas, en vía de donaciones o en vía testamentaria o intestamentaria.Son los ingresos del Estado regulados por el derecho Público los que ocupan el estudio fundamental del Derecho Financiero


. Los recursos del Estado
Los recursos del Estado se obtienen primordialmente por normas de derecho Público.En este sentido existen dos tipos de ingresos del Estado en relación a las características de las normas de derecho público que los regulan.Por una parte tenemos los recursos fiscales y en otra a los recursos con carácter de financiamientos.En el primer caso estaremos refiriéndonos a los ingresos e carácter fiscal. En el otro nos referimos a los ingresos que provienen de la contratación de créditos, empréstitos o préstamos derivados.Sin embargo a mi parecer la clasificación teórica que nos puede ilustrar con mayor precisión cuál es la manera en que se dividen los ingresos del estado es la clasificación cameralista que divide a los ingresos del Estado de la siguiente manera: Las derivadas de la deuda pública.los ingresos derivados del principio de la soberanía fiscal del Estado esto es, los impuestos; Los ingresos que provienen de unidades económicas del Estado, posteriormente conocidas como empresas públicas, y, por último,De la clasificación anterior el Estado obtiene la mayor parte de sus ingresos de las contribuciones que esté impone a los ciudadanos, aunque se debe precisar que esta no es la única fuente de ingresos del Estado, pues también se deben enunciar entre dichos ingresos aquellos que se adquieren por medio de financiamientos contratados fuera o dentro del país, mismos que dan origen a la deuda pública.Para que el estado pueda satisfacer las necesidades públicas requiere medios (recursos). Para obtenerlo puede utilizar dos procedimientos.Directo E Indirecto: Se apropia directamente de bienes económicos o factores productivos. Ej. Servicio militar obligatorio.Es el más utilizado y consiste en la obtención de medidas financieras para financiar gastos y obtener medios reales(humanos y materiales) para desarrollar su actividad.
La actividad financiera del estado está constituida por aquel proceso de obtención de ingresos y realización de gastos cuyo objetivo es cumplir con los fines del mismo.Se encuentra realizada por el estado, que opera sobre la base de un poder especial llamado " fiscal" o " financiero" que le permite obtener en forma coactiva los ingresos necesarios para financiar sus gastos, los que realizará de conformidad al presupuesto legalmente aprobado.
 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO 2011


LEY DE EGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO 2011


IMPUESTOS*

El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).
Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de solidaridad.
Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar el estado.




COMENTARIO:
LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO ES MUY IMPORTANTE SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLA BIEN CON SU FUNCIONAMIENTO Y NO SE HAGA MAL USO DE LAS FINANZAS DE TODO EL DINERO QUE ENTRA AL ESTADO.
YA QUE ESTA ENCARGADO DE FINANCIAR  LOS GASTOS PÚBLICOS Y LAS NECESIDADES PUBLICAS.

 Estudio de la actividad Financiera del Estado 
La actividad que desarrolla el estado para obtener los ingresos necesarios para la realización de sus fines; así como el control de la percepción del ingreso y de la inversación del gasto.
Las principales ciencias que estudian la actividad financiera del estado son:
La política financiera, la economía financiera, el derecho financiero y la Sociología financiera, entre otras.

 UBICACION DEL DERECHO FINANCIERO DENTRO DEL DERECHO GENERAL 
Esta obligación esta contenida en el Art. 31 Frac. 4 y art.73 fraccion VII de la constitución política del país, que dispone la obligación de contribuir a los gastos públicos de la Federación, estados y municipios, de la manera proporcional y equitativa que establezcan las leyes.

DERECHO PRIVADO:
El Derecho privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares.
DERECHO SOCIAL:
Los derechos sociales son los que se garantizan universalmente a todos los ciudadanos por el hecho de serlo, y no como mera caridad o política asistencial, el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida dignas. http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_sociales
 DERECHO PUBLICO:
El Derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí. http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_p%C3%BAblico
                                                    El Derecho privado
se suele contraponer al Derecho público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes públicos entre sí. http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_privado







 

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